LA RENTA
• Debe ser la “fuente normal de los impuestos”
• Esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los sig. Caracteres:
a) Es susceptible de renovarse, porque proviene de una fuente normalmente productora, como el capital o la actividad personal.
b) Se encuentra económica y jurídicamente a disposición del beneficiario, que puede disponer libremente de ella.
LA RENTA
BRUTA: Es aquella que se considera sin deducción alguna.
NETA: Es aquella en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta.
LIBRE: Es la que queda al individuo después deducir no solo los gastos de obtención de la renta, si no también las cargas de todas clases que puedan pesar sobre ella.
LEGAL: Es aquella que se obtiene de deducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.
Ordenamiento jurídico que da la obligación de pagar impuestos: Constitución política de los estados unidos mexicanos. Articulo 131 fracción IV.
Gastos públicos que debemos contribuir los mexicanos: de la federación del estado y al municipio en que se resida.
Forma en que debemos de contribuir a los gastos públicos: de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
La federación y los estados son: quienes están facultados para establecer impuestos.
Entidades a las que se tiene la obligación de pagar impuestos: a la federación, al estado, municipios.
Impuestos que puede establecer únicamente la federación.: la federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones :
1.- sobre el comercio exterior
2.- sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales
3.- sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros
4.- sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente de la federación y :
5.- especiales sobre: energía eléctrica, producción y consumo de tabacos labrados , gasolina y otros productos derivados del petróleo.