viernes, 13 de mayo de 2011

LOS EFECTOS DE LOS IMPUESTOS


El pago del impuesto es un hecho que produce, dentro del campo económico, una serie de efectos, que en muchos casos, no se pueden prever.
  • Repercusión
  •  La difusión
  • La utilización del desgravamiento
  • La absorción
  • La amortización
  • La capitalización
  • La evasión
REPERCUSIÓN

Se da en 3 etapas: percusión, traslación y la incidencia.
Percusión: Es la caída del impuesto sobre el sujeto pasivo, es decir, sobre la persona que tiene la obligación legal de pagarlo.

Traslación: Es el hecho de pasar la carga del impuesto a otra u otras personas.

Incidencia: Es la caída del impuesto sobre la persona que realmente lo paga, es decir, que ve afectada su economía por el impacto del impuesto.

La repercusión es la lucha entre el sujeto del impuesto y los terceros, el sujeto, tratando de trasladar el impuesto y el tercero tratando de evitarlo restringiendo el consumo de ese articulo; el triunfo depende no solo de la fuerza económica, sino de la concurrencia de otros factores diversos, como la necesidad de la cosa gravada y la existencia de sucedáneos.

En casos el impuesto incide sobre el mismo sujeto, pero entonces no habrá repercusión; sucede cuando el sujeto no puede trasladar el impuesto.
Este fenómeno de la repercusión es uno de los mas importantes de los que estudia la ciencia de las finanzas, por el legislador, al establecer un gravamen, debe tener en cuenta la posibilidad y sentido de la repercusión, para determinar con mas o menos exactitud, a quienes en realidad gravará el impuesto.


DIFUSIÓN

Cuando un impuesto ha llegado hasta la persona que no está en condiciones de trasladarlos a otra, se presenta el fenómeno que hemos llamado la “incidencia”, con el que termina la repercusión, pero entonces presenta el de la “difusión” del impuesto.

Las diferencias entre difusión y repercusión:
La repercusión puede presentarse o no, en cambio, la difusión siempre se presenta, por que suponiendo que el impuesto no pueda ser trasladado, la persona que lo pago, el sujeto, sufrirá disminución de su poder adquisitivo e iniciará un proceso de difusión del impuesto.

ABSORCIÓN DEL IMPUESTO

Al establecer un impuesto el sujeto no pretenda trasladarlo, sino que paga, pero procura aumentar su producción o disminuir su capital o trabajo empleados, o bien consigue un proceso técnico en virtud de un descubrimiento, etc.
Cuando al pagar un impuesto repercutible no se traslada y se procura disminuir el costo o bien se aumenta la producción para continuar teniendo la misma utilidad.

AMORTIZACIÓN
Se refiere a las ocasiones en las que cuando se establece un impuesto sobre la renta de una inversión estable, casa, terreno, etc.
La cosa baja de valor, por que se amortiza el importe del impuesto.
Este fenómeno solo se producirá con referencia a la persona que tenga el carácter de propietario en el momento en que se establezca el impuesto.
Ejemplo: Existe una casa que produce $1,000.00 de renta mensual, en consecuencia vale $100,000.00 se establece un impuesto del 10% sobre la renta, esta bajará a $900.00 y el valor será de $90,000.00.



CAPITALIZACIÓN

Esta se produce en el caso de desgravamiento si estando establecido el impuesto, la casa del ejemplo anterior vale $90,000.00 y el impuesto se reduce a la mitad, habrá entonces un aumento de valor, para la propiedad. Y se habrá efectuado el fenómeno de capitalización.


EVASIÓN
La evasión consiste en eludir el pago del impuesto, se trata de que no se pague en forma alguna el impuesto. Puede haber dos formas: una legal y otra ilegal.
La legal consiste en omitir el pago del impuesto por procedimientos legales, por ejemplo, un importador que no esta dispuesto a pagar el impuesto establecido sobre la importación de determinada mercancía, deja de importarla.
La evasión es ilegal, cuando para eludir el pago del impuesto se realizan actos violatorios de las normas legales como, el contrabando, la ocultación de ingresos, etc.


POLÍTICA FINANCIERA

Parte de la política económica que se encarga de formular los objetivos señalando los instrumentos necesarios para controlar los ingresos y administrarlos así como para elaborar el gasto del sector publico.
También se encarga del control del sistema bancario, así como la política monetaria y crediticia.
En esta política influyen:
  • La política fiscal 
  •  Política monetaria y crediticia
  • Política de gastos públicos
  • Política bancaria




Descargar Los Temas respecto al Impuesto en México. en el siguiente link:
 

jueves, 14 de abril de 2011

ELEMENTOS INDISPENSABLES DEL IMPUESTO


  • SUJETO:

Activo: Son la Federación, las entidades locales (Edos. y distrito Federal) y los municipios

            son las que tienen el dcho. de exigir el pago de tributos.

Pasivo: Es la persona física o moral que legalmente tiene la obligación de pagar el impuesto

  • OBJETO DE IMPUESTO:
Situacion en la que la Ley señala comohecho generador del crédito fiscal.

  • UNIDAD FISCAL O UNIDAD DEL IMPUESTO:
Cosa o cantidad en dinero delimitada en medida, peso, etc. Que la ley fija

  • CUOTA DEL IMPUESTO:
Cantidad e dinero o en especie se percibe por unidad tributaria o tipo de gravamen cuando se expresa en tanto porciento.

CUOTA FIJA: Se determina mediante una cantidad exacta de pesos a pagar por cada unidad

tributaria.

CUOTA PROPORCIONAL: Se determina mediante una cantidad fija, cualquiera que sea el

valor de la base.

CUOTA PROGRESIVA: Se expresa mediante un porcentaje variable en aumento a medida

que aumenta la base a que se aplica.

CUOTA REGRESIVA: Se expresa mediante un porciento máximo que disminuye a medida que

aumenta la base a que se aplica.

BASE DEL IMPUESTO: Cuantia sobre la que se determina el impuesto a cargo de un sujeto.

TARIFAS: Son las listas de unidades y de cuotas correspondientes para determinado objeto

tributario.

viernes, 8 de abril de 2011

Descargar Mapas Conceptuales de Los impuestos en México aqui:
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LA RENTA


• Debe ser la “fuente normal de los impuestos”

• Esta constituida esencialmente por los ingresos, en moneda o en especie, que provengan del patrimonio personal o de las actividades propias del contribuyente, o de la combinación de ambos, como el ejercicio de una profesión. Tiene los sig. Caracteres:

a) Es susceptible de renovarse, porque proviene de una fuente normalmente productora, como el capital o la actividad personal.

b) Se encuentra económica y jurídicamente a disposición del beneficiario, que puede disponer libremente de ella.

LA RENTA

BRUTA: Es aquella que se considera sin deducción alguna.

NETA: Es aquella en la que se deducen los gastos que requiere la producción de esa renta.

LIBRE: Es la que queda al individuo después deducir no solo los gastos de obtención de la renta, si no también las cargas de todas clases que puedan pesar sobre ella.

LEGAL: Es aquella que se obtiene de deducir de los ingresos totales únicamente los gastos que autoriza la ley.


Ordenamiento jurídico que da la obligación de pagar impuestos: Constitución política de los estados unidos mexicanos. Articulo 131 fracción IV.




Gastos públicos que debemos contribuir los mexicanos: de la federación del estado y al municipio en que se resida.

Forma en que debemos de contribuir a los gastos públicos: de manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.

La federación y los estados son: quienes están facultados para establecer impuestos.

Entidades a las que se tiene la obligación de pagar impuestos: a la federación, al estado, municipios.



Impuestos que puede establecer únicamente la federación.: la federación tiene facultades exclusivas para establecer contribuciones :

1.- sobre el comercio exterior

2.- sobre el aprovechamiento y explotación de los recursos naturales

3.- sobre instituciones de crédito y sociedades de seguros

4.- sobre servicios públicos y concesionados o explotados directamente de la federación y :

5.- especiales sobre: energía eléctrica, producción y consumo de tabacos labrados , gasolina y otros productos derivados del petróleo.

jueves, 31 de marzo de 2011

LAS FUENTES DEL DERECHO

Son los bienes o la riqueza de los que se saca la cantidad necesaria para pagar el impuesto. Las fuentes son dos: el capital y la renta.

EL CAPITAL

Se divide en individual y nacional.
INDIVIDUAL:  Es el conjunto de bienes de una persona, susceptibles de producir una renta.

NACIONAL: Es el conjunto de bienes de un país, dedicados a la producción.
EL IMPUESTO DEL CAPITAL SE JUSTIFICA POR LAS SIGUIENTES RAZONES:
1.- Porque el impuesto sobre la renta no grava con igualdad perfecta y eso facilita el desarrollo del capital de algunos.
2.- Es posible utilizarlos como un medio para evitar las acumulaciones de capital en pocas manos.
3.- Porque pueden utilizarlos para lograr una redistribución de los capitales.
Su origen puede ser: el ahorro o el azar, porque los que tienen este ultimo origen, deben ser gravados más fuertemente.
El impuesto especial sobre el capital, que tiene su origen en el azar, se divide en: 
1.- Ganancias fortuitas.
2.- Ganancias de juego.
3.- Herencias o donaciones.
Wagner, establece una distinción entre capital individual y nacional se grava cuando se establecen impuestos que lo hacen disminuir, que estos impuestos son perjudiciales porque hacen disminuir la producción y en consecuencia, también la población.


jueves, 3 de marzo de 2011

Teoría sobre el impuesto

TEORÍA SOBRE EL IMPUESTO

  • Precio de los servicios prestados por el estado a los particulares (Teoría de la equivalencia).
  • El impuesto es una prima de seguros que se paga como garantía de la seguridad individual que esta obligado a proporcionar el estado (Teoría del seguro).
TEORÍA DE LA EQUIVALENCIA
PUFENDORF:  Sostenía que el impuesto es el precio de la protección de vidas y haciendas por lo que debe existir una capitación moderada.
MADAME CLEMENCE: Dice que es la parte de poder productivo bajo la forma de servicios personales o de contribuciones de toda naturaleza que cada ciudadano debe a la comunidad a cambio de los servicios que ha recibido, recibe y recibirá por el hecho de su participación social y a título de restitución de las ventajas alcanzadas por las generaciones futuras pasadas en provecho de las generaciones futuras.

TEORÍA DEL SEGURO 
Considera al impuesto como una prima de seguro por la protección de la vida y hacienda de los individuos por parte de la comunidad pública.
E. DE GIRARDIN: Dice que el impuesto es la prima de seguro pagadas por aquellos que poseen para asegurarse contra todos los riesgos de ser perturbados en su posesión o en su disfrute.

TEORÍA DEL CAPITAL NACIONAL
Considera que el impuesto es la forma de obtener la cantidad necesaria para poner en obra y cubrir los costos generales de la explotación del capital nacional.

TEORÍA DEL SACRIFICIO
John Stuart Mill: Considera el impuesto como un sacrificio solamente que no pretende con esto dar una definición sino proporcionar un elemento para lograr una distribución equitativa de los impuestos.
Considera además que el sacrificio debe ser lo menor posible. El sacrificio esta en función de dos variables, la mayor igualdad de repartición del impuesto entre los ciudadanos y el mínimo obstáculo puesto al aumento de la producción.

TEORÍA DE EHEBERG
Sostiene que debe rechazarse la idea del sacrificio y considera el deber tributario como un axioma que en si mismo no reconoce límites pero que los tiene en cada caso particular en las razones de oportunidad que aconseja la tendencia a servir al interés general.

PRINCIPIOS TEÓRICOS DE LOS IMPUESTOS
El economista inglés Adam Smith en su libro "La riqueza de las naciones", dedicó el V libro al estudio de los impuestos y estableció cuatro principios fundamentales.

PRINCIPIO DE JUSTICIA
Los subsidios de cada estado debe contribuir al sostenimiento del gobierno en una proporción lo más cercana posible a sus respectivas capacidades: es decir, en la proporción a los ingresos de que gozan bajo la protección del estado. De la observancia o el menosprecio de la máxima depende lo que se llama la in equidad o falta de equidad de los impuestos.

PRINCIPIO DE GENERALIDAD
Todos deben pagar impuestos, o en términos negativos, que nadie debe estar exento de la obligación de pagar impuestos. Sin embargo, no debe entenderse en términos tan absolutos esta obligación sino limitada por el concepto de capacidad contributiva.

LA UNIFORMIDAD DEL IMPUESTO
Es decir, que todos sean iguales frente al impuesto. Dos criterios para lograr la uniformidad del impuesto. Uno, objetivo y otro, subjetivo, que combinados, dan el indice correcto: la capacidad contributiva, como criterio objetivo; la igualdad de sacrificio, como criterio subjetivo.

PRINCIPIO DE CERTIDUMBRE
El impuesto que cada individuo debe pagar debe ser fijo y no arbitrario. La fecha de pago, la forma de realizarse, la cantidad a pagar, debe ser claras para el contribuyente y para todas las demás personas.

PRINCIPIO DE COMODIDAD
Todo impuesto debe recaudarse en la época y en la forma en las que es más probable que convenga a su pago al contribuyente.

PRINCIPIO DE ECONOMÍA
Todo impuesto debe planearse de modo que la diferencia de lo que se recauda y lo que ingresa en el tesoro público del Estado, sea lo más pequeña posible.

viernes, 18 de febrero de 2011

Definiciones de impuesto

 LA DEFINICIÓN DE IMPUESTO SEGÚN:

EHEBERG: Los impuestos son prestaciones al estado y entidades de derecho público que reclaman, en virtud de su poder coactivo, en forma y cuantía determinadas unilateralmente y sin contraprestación especial con fin de satisfacer las necesidades colectivas.

NITTI: El impuesto es una cuota, parte de su riqueza, que los ciudadanos dan obligatoriamente al estado y a los entes locales de derecho administrativo para ponerlos en condiciones de proveer la satisfacción de las necesidades colectivas.

VITTI DE MARCO: El impuesto es una pare de la renta de ciudadanos, que el estado percibe con el fin de proporcionarse los medios necesarios para la producción.

JOSÉ ÁLVAREZ DE CIENFUEGOS: El impuesto es la parte de renta nacional que el estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades públicas.

LUIGI COSSA: El impuesto es una parte proporcional de la riqueza de los particulares deducidos por la autoridad pública a fin de proveer a aquella parte de los gastos de utilidad general que no cubren las rentas patrimoniales.

GASTON JÉZE:
*  Es una prestación de valores pecuniarios.
*  La prestación del individuo no es seguida por una contraprestación del estado.
*  El constreñimiento jurídico.
*  Se establece según reglas fijas.
*  Se destina gastos de interés.
*  Es debido por el hecho de que los individuos forman parte de una comunidad política organizada.

LEROY BEAULIEU: El impuesto es pura y simplemente una contribución, sea directa, sea disimulada, que el poder público exige de los ciudadanos para subvenir a los gastos del gobierno.

SELIGMAN: Un impuesto es una contribución forzada de una persona para el gobierno, para costear los gastos realizados en intereses comunes sin referencias a los beneficios especiales prestados.

MANUEL MORSELLI: El impuesto es una deducción obligatoria de riqueza privada, querida por el estado y entidades menores para ser destinada a la consecución de los fines generales de la vida pública.

CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie, que el estado fija unilateralmente y con carácter obligatorio a todos aquellos individuos cuya situación coincida con la que la ley señala como hecho generador del crédito fiscal.

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: Los impuestos son tributos establecidos en virtud de un derecho superior, sino una contribución que se basa en las cargas de la vida social.
Los impuestos no contribuyen un beneficio para los causantes, sino un deber de contribuir a los gastos públicos.


ARTÍCULO 2º DEL CÓDIGO FISCAL: Son impuestos las prestaciones en dinero o en especie que fija la ley con carácter general y obligatorio, a cargo de personas físicas y morales, para cubrir los gastos.




 












          

lunes, 14 de febrero de 2011

Antecedentes históricos de los impuestos

ANTECEDENTES HISTÓRICOS DE LOS IMPUESTOS

En el siglo V en Europa la economía rudimentaria, ya que solo se producía lo necesario para el uso y consumo. Por lo que en esta época apareció “la plaga de hambre”.

Grandes propiedades se le daban a los cortesanos a cambio del reconocimiento del señor protestandole fidelidad y lealtad, que se tenía que renovar cada vez que había cambio del señor.

Los aldeanos estaban divididos en ingenuiles u hombres libres, quienes no realizaban trabajos serviles y los siervos, que  realizaban trabajos viles, eran los sucesores delos esclavos.

El vasallo tenía sus obligaciones: Personales (servicio militar y consejo de negocios) y económicas (ayudas en dinero).



Los siervos tenían sus obligaciones:


Personales: debían de cultivar la tierra del señor, cuidar sus viñedos, segar sus trigos, almacenar sus mieses. Además de transportar la leña, piedra, alimentos, reparar los caminos, edificios, etc.


Económicos, conformados por:
Capitación: Pago por cada miembro de la familia generalmente al año.
Formariaje o servidumbre: Cantidad que pagaba el siervo o sierva por casarse, con una persona de otro feudo.
Mano muerta: El derecho del señor de apoderarse de la herencia de sus siervos. Para poder percibirla debían de pagar un crédito de rescate llamado “derecho de relieve”.


RENTAS MÁS COMUNES:


Censo: Renta en metálico, en proporción al predio.
Pecho o talla: Se llamaba así por que al momento de pagar impuesto se hacia una talla con un cuchillo en un pedazo de madera, esto era varias veces al año.
Tasas de rescate: Cantidades que se pagaban a cambio de la supresión de prestaciones de servicios personales o en especie.
Primicia: Se cobraban derechos en metálico o granos por cada cabeza de ganado al venderla.
Banalidades: Eran los derechos en especie que tenían que pagar los labriegos, ya que, estaban obligados a cocer su pan en el horno del señor, moler trigo en el molino del señor, etc.




RESUMEN



 

sábado, 12 de febrero de 2011

Historia de las contribuciones en México

Descargar la diapositiva en el siguiente link:
http://www.megaupload.com/?d=38PG65MO

martes, 8 de febrero de 2011

PRESENTACION

UNIVERSIDAD DE COLIMA
BACHILLERATO TEC. NUM. 1
IMPUESTOS


Jenifer Blanco Bejarano

Maritza Elizabet Estrada Perez

Kevin Fernando Cruz Manzo

Maria Fernanda Heredia Madrigal

Gabriela Guadalupe Morfin Alonso

Lenar Ocon Larios

Victor Arevalo Santoyo

"6ºC"



Este sitio complementa lo aprendido en clase, sirve de repaso y para afirmar los temas vistos en el programa de la materia de IMPUESTOS del sexto semestre, de la UNIVERSIDAD DE COLIMA, BACHILLERATO TÉCNICO Nº1, dirigida por el profesor Carlos Manuel Sierra Andrade.